PA LOS QUE TUAVIA NO SE ENTERAN DE CUAL ES LA BRIEGA CON EL PLAN DE DESARROLLO, PUAQUI LES DEJO UN PEDACITO PA QUE SE ENTEREN:
"Artículo 159. Parágrafo 1. Al interior del área delimitada como páramo, las actividades para la exploración y explotación de recursos naturales no renovables que cuenten con contrato y licencia ambiental o con el instrumento de control y manejo ambiental equivalente, que hayan sido otorgados con anterioridad al 9 de febrero de 2010 para las actividades de minería, o con anterioridad al 16 de junio de 2011 para la actividad de hidrocarburos, respectivamente, podrán seguir ejecutándose hasta su terminación, sin posibilidad de prórroga y estarán sujetas a un control, seguimiento y revisión por parte de las autoridades mineras, de hidrocarburos y ambientales, en el marco de sus competencias y aplicando las directrices que para el efecto defina el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible." PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
No hay comentarios:
Publicar un comentario