domingo, 28 de noviembre de 2010

Pueblos Indigenas Inga y Kamentsá denuncian a la minera Anglo Gold Ashanti

**NOTA: Si están haciendo esto en Colombia, es bien probable que estén haciendo exactamente LO MISMO EN TU PAIS: (contaminando las fuentes de agua, dinamitando montañas, contaminando con mercurio, contaminando el agua, tus lugares sagrados) POR FAVOR SI ESTAS LEYENDO ESTO, infórmate si la compañia ANGLO GOLD ASHANTI, ya está operando EN TU PAIS, y si lo está, donde cuando, como y porque, averigua lo que puedas, vigila, la explotación de recursos indiscriminadamente y sin respeto alguno por la naturaleza. NO DEJES QUE ACABEN CON TU PAIS!!  UNETE Y ACTUA YA!!
http://www.conflictosmineros.net/contenidos/10/6403 
 1 gramo de oro x 1.000 litros de agua x 1 segundo??????????

**NOTA: Se eles estão fazendo isso em Colombia, es bem provavel que estão fazendo exactamente NO TEU PAIS, poluindo, acabando com as fontes de agua, as sorgentes, destruindo tudo) POR FAVOR, se está a ler este articulo , se- informe se a companhia ANGLO GOLD ASHANTI, está operando NO SEU PAIS, aonde, quando, como e porque, vira um guardião da floresta!! 
 


PRONUNCIAMOS
Como pueblos ancestrales Inga y Kamëntsá, habitantes milenarios en el Territorio Ancestral Carlos Tamoabioy en el espacio geográfico que comprende el Alto,  Medio Putumayo y los departamentos de Nariño y Cauca al sur de Colombia  somos protectores de la vida y guardianes de la tierra, como deber y ley natural heredada por nuestros mayores para nuestras futuras generaciones y la humanidad. En nuestro territorio se expresan el conocimiento ancestral del cual parte la ley propia, educación ancestral, nuestra  cosmovisión e identidad cultural de las cuales dependen la supervivencia de nosotros como pueblos ancestrales y de la vida misma.

DENUNCIAMOS:


La violación de nuestro Territorio Ancestral que se encuentra  en situación de alto riesgo, debido a la irresponsabilidad del Estado colombiano mediante sus instituciones. En este caso  el Ministerio del Interior y de Justicia, a través de la  Dirección de Etnias y Asuntos Indígenas dando un concepto de NO EXISTENCIA de los Pueblos Inga y Kamëntsá como ocupantes milenarios Ancestral Carlos Tamoabioy.

La anulación de la existencia de los Pueblos Inga y Kamëntsá en el Territorio Ancestral ha permitido que:

A nivel legal, las instituciones y proyectos con intereses en el Piedemonte Amazónico entren al Territorio Ancestral Carlos Tamoabioy sin permiso de los Pueblos Inga y Kamëntsá, violando el derecho ancestral de las comunidades, el derecho constitucional y  a la consulta previa, libre e informada.

A la agencia Nacional de Hidrocarburos ANH, por ignorar la existencia de los Pueblos Indígenas Inga y Kamëntsá del Valle de Sibundoy en la cartografía minera.

Al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural  INCODER, por abolir los resguardos de título colonial (oficio N° 2400 del 24 de septiembre de 2009), poniendo en grave riesgo a Pueblos Ancestrales afectados.

A la Corporación Autónoma para el desarrollo Sostenible del sur de la Amazonía Colombiana CORPOAMAZONIA, por la emisión de licencias ambientales y la NO CONSULTA con los Pueblos Indígenas, lo cual  promueve la privatización del territorio Ancestral.

A INGEOMINAS, por las concesiones mineras otorgadas a la multinacional minera Sud Africana Anglo Gold Ashanti en alto y medio Putumayo para la explotación de cobre y molibdeno, que  vulnera los derechos humanos en los lugares donde esta empresa opera.

Al proyecto de Iniciativa de Infraestructura Regional para Sur América IIRSA, Eje Putumayo  Proyecto Ancla Variante San Francisco – Mocoa, presentándose a las comunidades como un proyecto de inversión social del Estado, cuando en realidad es un proyecto del Banco Mundial para la extracción sistemática de recursos naturales (petróleo, agua, minas, conocimiento tradicional, riqueza natural).

El proyecto de  Ampliación de la Reserva Forestal de la Cuenca Alta del Rio Mocoa, el cual se apropia de Territorio Ancestral de los Pueblos Inga y Kamëntsá del medio y alto Putumayo que vulnera la territorialidad de las comunidades, el derecho a la autodeterminación y la cultura propia, debido a que las comunidades del medio y alto putumayo hacen distintas practicas como recolección de plantas medicinales, siendo este un sitio sagrado , dando espacio abierto para la explotación de los yacimientos de uranio, oro, mármol y cobre presentes en la región sin necesidad de consulta previa, además de las facilidades otorgadas por el nuevo código minero.

El proyecto transnacional de “conservación” de la cordillera real planteado por la WWF, el cual abarca desde el Macizo Colombiano  hasta la depresión de Huancabamba en el norte de Perú, busca la privatización de la región del Piedemonte Amazónico siendo este un atropello dada la perspectiva mercantilista (mercados verdes, bonos de carbono y biocomercio) con la que esta transnacional de la “conservación” busca insertar a esta región sin el consentimiento de las comunidades.

La WWF han venido generando procesos de privatización de la tierra a lo largo de la región en los paramos azonales del piedemonte amazónico por organizaciones privadas como la Fundación cultural del Putumayo, Fundación Opción Putumayo,  y Asociación Ampora, en el Valle de Sibundoy, buscando la compra de lagunas, humedales, ojos de agua y ríos, bajo la excusa de la “conservación” y el ecoturismo, generando una imagen comercial de las comunidades que no tiene que ver con la realidad  y necesidades de nuestros pueblos ancestrales, convirtiéndonos en simples estandartes del comercio, mientras nuestras comunidades no reciben ningún beneficio real.  De igual forma la empresa SWING FINING de USA, bajo su subsidiaria fundación FUSIE de Pasto, busca la privatización del acceso al agua, sin consentimiento de las comunidades indígenas que habitan este territorio.

Por estas razones los pueblos ancestrales Inga y Kamëntsá nos movilizamos el pasado 26 de J unio de 2010 para hacer visibles estas problemáticas y sean cumplidos nuestros derechos ancestrales garantizados por el Convenio 169 de la OIT, la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas, La constitución Política de Colombia, la Ley 21 de 1991, el Auto 004 de 2009 Corte Constitucional.




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